GUÍA COMPLETA PASO A PASO –  Subvenciones Dirigidas al Fomento de la Industria 2026 Ayuntamiento de Madrid

Convocatoria publicada el 20 de marzo de 2026 – Plazo abierto hasta el 21 de abril de 2026

Si no pudiste asistir al webinar del 25 de marzo o prefieres tener toda la información por escrito para consultarla con calma, Factoría Industrial de Villaverde pone a tu disposición esta guía completa y detallada. Te explicamos absolutamente todo de forma clara, ordenada y paso a paso.

1. ¿Por qué ha sacado el Ayuntamiento esta convocatoria?

El Ayuntamiento de Madrid considera que no es posible un modelo productivo viable, equilibrado, sostenible y resistente a las crisis sin un sólido tejido industrial. Las razones clave son:

  • Genera empleo estable y de calidad.
  • Tiene un efecto dinamizador en otros sectores.
  • Alta componente innovadora y clara vocación exportadora.

Por eso destina 2.850.000 € a ayudar a las pymes industriales de Madrid.

2. ¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

  • Pymes industriales (incluidos autónomos, que tienen consideración de empresa).
  • Deben tener domicilio fiscal y sede productiva en el término municipal de Madrid.
  • La inversión debe realizarse obligatoriamente en Madrid.
  • No más de 250 trabajadores (micro, pequeña o mediana empresa).

3. Requisitos específicos de CNAE 2025 (muy importante)

La actividad principal de la empresa debe corresponder a uno de los siguientes códigos del CNAE 2025. Deberás presentar el documento justificativo que se obtiene en la Sede Electrónica de la AEAT (procedimiento G309).

A. Secciones 10 y 32 – Industria manufacturera (Sección C)

  • División 10 – Industria alimentaria: Incluye toda la transformación de productos agrícolas, ganaderos, pesqueros y de caza en alimentos para consumo humano o animal: mataderos, procesado de carne, conservas de pescado, zumos, conservas de frutas y hortalizas, aceites, productos lácteos, molinería, panadería, azúcar, chocolate, platos preparados, alimentación infantil, piensos, etc. (casi todas las clases 10.xx).
  • División 32 – Otras industrias manufactureras: Fabricación de joyería, bisutería, instrumentos musicales, artículos de deporte, juguetes, instrumentos médicos y odontológicos, escobas, brochas, cepillos y otros productos manufactureros no clasificados en otras divisiones.

B. Epígrafe 3512 – Producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables Generación de electricidad mediante energías renovables: eólica, solar (fotovoltaica y térmica), hidroeléctrica, geotérmica, biomasa, mareomotriz, etc. (No incluye producción con combustibles fósiles ni almacenamiento de energía).

C. Epígrafe 36 – Captación, depuración y distribución de agua Extracción, tratamiento, potabilización, desalinización y distribución de agua (por tuberías o camiones). Incluye recolección de aguas pluviales.

D. Epígrafes 382 y 390 – Valorización de residuos y descontaminación

  • 382 – Valorización de residuos: tratamiento y preparación de residuos metálicos, plásticos, vidrio, papel, etc. para obtener materias primas secundarias; valorización energética (incineración con recuperación de energía) y preparación de lodos para uso agrícola.
  • 3900 – Descontaminación y otros servicios de gestión de residuos: limpieza de suelos contaminados, remediación de vertidos, retirada de amianto, descontaminación de aguas, etc.

E. Epígrafe 7210 – Investigación y desarrollo experimental en ciencias naturales y técnicas Actividades de I+D experimental en biología, química, física, ingeniería y otras ciencias naturales y técnicas (típico de laboratorios y centros tecnológicos).

F. Epígrafe 7411 – Actividades de diseño de productos industriales y moda Diseño industrial (optimización funcional, ergonómica y estética de productos), diseño de moda (textil, calzado, joyería, accesorios), diseño de mobiliario y decoración.

Recomendación: Si tienes dudas sobre si tu código CNAE exacto encaja, envíanos tu código actual o una breve descripción de tu actividad a  factoriavillaverde@madrid.es o economiaindustria@madrid.es y te confirmaremos si cumples el requisito.

4. ¿Qué líneas y actuaciones son subvencionables?

Puedes solicitar una o varias líneas (la ayuda es acumulable). Las cuatro líneas son:

1. DIGITALIZACIÓN

  • Sistemas de gestión interna avanzada (estándar o a medida).
  • Potenciación del teletrabajo.
  • Soluciones de inteligencia artificial.
  • Proyectos de ciberseguridad.
  • Desarrollo de comercio electrónico o tratamiento de datos masivos.

2. PRODUCCIÓN SOSTENIBLE (¡Novedad 2026: 100 % de subvención!)

  • Sustitución de equipos de frío/calor, iluminación, equipos de elevación y manutención.
  • Rehabilitación de envolvente térmica del edificio.
  • Instalación de energías renovables (fotovoltaica, aerotermia, geotermia…).
  • Puntos de recarga para vehículos del personal.

3. MEJORA PRODUCTIVA (Industria 4.0) (¡Ampliado este año hasta 60.000 €!) Adquisición de equipos, hardware y software directamente ligados a la producción para mejorar productividad, calidad y/o cantidad.

4. I+D+i PROTOTIPOS (nueva línea) Desarrollo de prototipos de bienes de equipo o productos para su fabricación en serie. Requisitos obligatorios:

  • El destino final debe ser la fabricación en serie por la propia empresa.
  • En un centro productivo propio y consolidado en la Ciudad de Madrid.
  • Se admiten encargos totales o parciales a terceros si el proyecto es complejo.

5. ¿Cuánto dinero puedes recibir? (Cuantías detalladas 2026)

Máximo total por empresa: hasta 130.000 € combinando las cuatro líneas, siempre que no se supere el límite de minimis (generalmente 300.000 € en tres años fiscales).

6. Plazos obligatorios (¡no te los saltes!)

  • Plazo de solicitud: del 23 de marzo al 21 de abril de 2026 a las 23:59:59 (20 días hábiles). Presenta la solicitud cuanto antes, ya que se tramita por orden de entrada y el presupuesto es limitado.
  • Período de inversiones (facturas): del 1 de mayo de 2025 al 30 de abril de 2026. Solo se admiten inversiones efectivamente realizadas y pagadas en este período (no valen pagarés ni compromisos).
  • Pago máximo de facturas: hasta el 30 de junio de 2026. Las facturas pagadas después de esta fecha quedarán fuera.
  • Justificación: hasta el 30 de septiembre de 2026.
  • Pago previsto de la subvención: noviembre-diciembre 2026 (dependiendo de la fecha de resolución y justificación).

Todas las notificaciones aparecerán en la Sede Electrónica.

7. Tramitación paso a paso (muy sencilla)

Paso 1: Entra en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid

Paso 2: Autoriza a la Administración para que obtenga por ti los certificados (recomendado). De esta forma, la Administración solicitará directamente:

  • Certificado de estar al corriente de deudas tributarias con la AEAT.
  • Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social.
  • Certificado de estar al corriente de deudas tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.
  • Certificado de minimis.
  • Documento “Informe plantilla media de trabajadores en situación de alta” (periodo 01.01.2025 a 31.12.2025).

Paso 3: Prepara la documentación restante:

  • Escrituras o alta en RETA (autónomos).
  • Impuesto de Sociedades o IRPF.
  • Justificante del CNAE (procedimiento G309 de la AEAT). No se puede justificar mediante escrituras; debes obtenerlo directamente de la web de la AEAT.
  • Documento T (para comunicar cuenta de pago, solo si es necesario).
  • Documentación de empresas participantes/participadas (solo si procede).
  • Facturas del proyecto y justificantes de pago (que dejen claro el cargo o transferencia).

Importante: Si los poderes son mancomunados, todos los apoderados o socios deben firmar los documentos que lo requieran.

Plantillas oficiales (Memoria, hoja de cálculo de facturas e importes, Declaración artículo 13.3.bis de la Ley General de Subvenciones y Memoria de justificación, solo en caso de concesión previa)

Solicítalas en economiaindustria@madrid.es o factoriavillaverde@madrid.es.

8. Obligación de publicidad

Una vez concedida la ayuda, debes colocar un cartel visible en la empresa y publicarlo en tu página web, utilizando el texto modelo del Ayuntamiento e incluyendo su escudo. Esta obligación debe mantenerse al menos 4 años. Si no se justifica correctamente, puedes perder la subvención.

9. ¿Necesitas ayuda?

Desde Factoría Industrial de Villaverde queremos que ninguna empresa se quede fuera por falta de información o documentación.

Si necesitas:

  • Las plantillas oficiales.
  • Revisar si tu CNAE encaja.
  • Ayuda para preparar la solicitud.
  • Cualquier otra consulta.

Escríbenos ahora mismo a: factoriavillaverde@madrid.es o economiaindustria@madrid.es

Te enviaremos todo el material y resolveremos tus dudas personalmente.

Algunas dudas frecuentes:

  • Compatibilidad con otras ayudas: Es compatible siempre que no se supere el coste real de la actuación. Si recibes otra ayuda posteriormente, debes comunicarlo, ya que podría afectar a esta subvención.
  • ¿Qué facturas entran?: Solo inversiones (adquisición de bienes de equipo…etc.). Quedan excluidos gastos de mantenimiento, pagos periódicos y gastos corrientes.

Recomendación final: Presenta la solicitud cuanto antes. Al tramitarse por orden de entrada, los últimos días existe riesgo de que se agote el presupuesto.

¡No dejes pasar esta oportunidad! El plazo de solicitud termina el 21 de abril de 2026.

Desde Factoría Industrial de Villaverde seguimos apoyando a nuestra industria para que sea más competitiva, digital, sostenible e innovadora.

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